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Mediante la sentencia C-005 de 2017, la Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada del numeral 1 del artículo 239 y del numeral 1 del artículo 240 del Código Sustantivo del Trabajo, en el entendido que “la prohibición de despido y la exigencia de permiso para llevarlo a cabo, se extienden al(la) trabajador(a) que tenga la condición de cónyuge, compañero(a) permanente o pareja de la mujer en período de embarazo o lactancia, que sea beneficiaria de aquel(la)”.

Según la Corte Constitucional, las normas acusadas por inconstitucionales, limitaban la asistencia y protección en el periodo de embarazo y lactancia a las mujeres trabajadoras, dejando por fuera a las mujeres no trabajadoras que dependen económicamente de su pareja que sí se encuentra vinculada laboralmente. Lo anterior, implicaba un déficit de protección para el(la) hijo(a) que esperan en una familia donde la madre no labora y es beneficiaria de su pareja, lo que afectaría el interés superior del menor recién nacido o que está por nacer. Por lo anterior era menester un tratamiento análogo, desde el punto de vista constitucional, tanto para la trabajadora en estado de embarazo o lactancia, como al trabajador en una situación familiar similar (cuya esposa, compañera o pareja no trabajadora se encuentre en período de embarazo o lactancia).

En el siguientes enlace pueden consultar el texto completo de la sentencia:

Sentencia C-005/17

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